La SAT es la institución “autónoma” encargada de la recaudación, control y fiscalización de los tributos, así como presentar denuncias y provocar la persecución penal, en los casos de “presunción” de delitos contra el régimen tributario.
Hasta el momento, y a diferencia del accionar de otras degradadas instituciones guatemaltecas, lo habían llevado a cabo en forma diligente y con resultados exitosos.
Sin embargo, en el reciente caso de alto impacto mediático que involucra a un conocido empresario hotelero, se ha claramente extralimitado en sus funciones, acudiendo innecesariamente a la CICIG.
La presencia de la CICIG era a todas luces innecesaria, amén que no se trata de un grupo paralelo, si no que según las propias noticias de prensa, se trataría de “inconsistencias” en las declaraciones, lo que a priori ni siquiera es un delito sino una falta, y que puede incluso ser producto de un mero “error” de cálculo.
Por otra parte, cometer un supuesto delito (recordemos que prima la presunción de inocencia) de defraudación tributaria no convierte a nadie en un “cuerpo ilegal o paralelo” susceptible de ser investigado por la CICIG, de acuerdo a las funciones asignadas a este organismo internacional.
Una vez más, vemos como con la excusa de perseguir la corrupción, se rebasan los límites y se violentan derechos y garantías constitucionales, que siempre deben respetarse.
Que instituciones como la CICIG asuman funciones que no les corresponden, contribuye a profundizar el descrédito de organismos que se han venido desempeñando aceptablemente –como el SAT-, convirtiendo además lo que debe ser un acto de justicia en un circo, y de los circos los guatemaltecos ya estamos cansados.
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